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30-09-1997  Revista Internacional de la Cruz Roja No 143, pp. 503-504 por Cornelio Sommaruga
Llamamiento del Comité Internacional de la Cruz Roja con motivo del 20o aniversario de la aprobación de los Protocolos adicionales de 1977

Hace veinte años, el 10 de junio de 1977, los plenipotenciarios de más de cien Estados y de varios movimientos de liberación nacional firmaron en Ginebra el Acta Final de la Conferencia Diplomática sobre la reafirmación y el desarrollo del derecho internacional humanitario aplicable en los conflictos armados, que había convocado el Gobierno de Suiza, Estado depositario de los Convenios de Ginebra. Tras cuatro períodos de sesiones, de 1973 a 1977, precedidos de un trabajo preparatorio de varios años, se elaboraron en ella dos Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativos a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo I) y de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional (Protocolo II), respectivamente.
Actualmente, 148 Estados son Partes en el Protocolo I y 140 en el Protocolo II. Estos dos tratados son un importante desarrollo del derecho internacional humanitario y obligan a casi tres cuartas partes de los Estados del mundo. Los conflictos recientes demuestran patentemente que los Estados pueden verse implicados, en cualquier momento, en una situación en la que son aplicables esos textos convencionales.

La aprobación de los Protocolos se inscribe en el prolongado esfuerzo por proteger mejor a la persona humana en los conflictos armados. Así nacieron los Convenios de Ginebra en sus sucesivas versiones de 1864, 1906, 1929 y 1949, que han constituido una inestimable salvaguardia para tantos seres humanos. Los Convenios de 1949, que contienen unos 450 artículos, se completaron con las 150 disposiciones de los dos Protocolos adicionales, aprobadas, en su mayoría, por consenso.

Los textos de 1977 marcan un considerable hito en la codificación de los principios del derecho humanitario reconocidos por todos los pueblos. Hoy, algunos de sus artículos forman ya un conjunto de normas del derecho consuetudinario válidas para todos los Estados, sean o no Parte en ellos. El valor de los Protocolos reside también en su carácter multicultural, ya que todas las principales potencias del planeta participaron activamente en su elaboración. Los Protocolos reafirman oportunamente el respeto debido al enemigo desarmado y a las personas que no participan en las hostilidades. Proporcionan asimismo a quienes prestan ayuda a las víctimas bases más eficaces para su labor, tan necesaria.

El Comité Internacional de la Cruz Roja aprovecha la ocasión del 20o aniversario de la aprobación de los Protocolos de 1977 para hacer un solemne llamamiento a los Gobiernos de los 188 Estados Partes en los Convenios de Ginebra, a fin de que los Estados que aún no están vinculados por los Protocolos de 1977 los ratifiquen lo antesposible o se adhieran a ellos. Los Gobiernos deben también concienciarse de la universalidad de los Protocolos adicionales, garante de la protección de las víctimas de los conflictos. Así, es responsabilidad común de la comunidad internacional realzar la universalidad de este extraordinario patrimonio de la humanidad como son losConvenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales.

Al ratificar o adherirse a los Protocolos adicionales y al hacer la declaración prevista en el artículo 90 del Protocolo I (Comisión Internacional de Encuesta), los Gobiernos mostrarán la importancia que atribuyen a que se respeten mejor, en todo el mundo, las normas fundamentales del derecho de Ginebra y su voluntad de garantizar su aplicación. Responderán así al deseo de los pueblos de que se acepten universalmente las garantías esenciales para la protección de las víctimas de los conflictos armados, con lo cual contribuirán a evitar que se reproduzcan en el futuro los actos de barbarie perpetrados en los recientes conflictos.


Cornelio Sommaruga, Presidente del CICR.


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